Ayuntamiento de Abrucena

ADJUDICACION PROVISIONAL LICENCIA AUTOTAXI

Ayuntamiento de Abrucena

Secretaría

Autorizaciones y Licencias - Adjudicaciones -

Publicado: 16/03/2009


AYUNTAMIENTO DE ABRUCENA
ADJUDICACION PROVISIONAL DE UNA LICENCIA DE AUTOTAXI

Por Acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 10 de marzo de 2009, se aprobó la adjudicación provisional de una licencia de autotaxi para el Municipio de Abrucena lo que se publica a los efectos del artículo 135.3 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.
«4.1.- ADJUDICACIÓN PROVISIONAL LICENCIA DE AUTOTAXI.

Visto que con fecha 19 de noviembre de 2008 la Delegación de Almeria de la Consejería de Obras Publicas y Transportes informó favorablemente la petición solicitada por este Ayuntamiento de una Autorización de Tarjeta de la serie VT. con 5 plazas, es necesario proceder a su adjudicación.

Visto el informe emitido por esta Secretaría referente al procedimiento a seguir y a la Legislación aplicable para llevar acabo la adjudicación de las citadas licencias.

Visto que con fecha 12 de diciembre de 2008, fue redactado el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares que ha de regir el procedimiento de adjudicación y que consta en el expediente.

Visto que con fecha 18 de diciembre de 2008 la Junta de Gobierno Local acordo la adjudicación de la licencia de autotaxi, aprobó el Pliego de Clausulas Administrativas, así como los anuncios pertinente y abrir el plazo para la presentación de proposiciones para su adjudicación.

Visto que finalizado el plazo de presentación de solicitudes, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto 763/1979, de 16 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento Nacional de los Servicios Urbanos de Transporte en Automóviles Ligeros, se abrió un nuevo período de quince días al objeto de que los interesados y las Asociaciones profesionales de empresarios y trabajadores pudieran alegar lo que estimasen procedente en defensa de sus derechos.

Visto que durante la licitación se presentó una única proposición y ninguna alegación.
Visto que con fecha 10 de marzo de 2008 se constituyó la Mesa de contratación, realizó propuesta de adjudicación a favor de D. Jose Manuel Latorre Lopez; examinada la documentación que la acompaña, de acuerdo con la misma, y de conformidad con lo establecido en el artículo 21.1.q) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y el artículo 135.3 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público,

La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los asistentes, ACUERDA:

PRIMERO. Declarar válida la licitación y adjudicar la licencia de autotaxi para la prestación del servicio público de transporte de viajeros en un automóvil ligero de alquiler con conductor a:

— D. Jose Manuel Latorre Lopez. NIF 75235614-S.

SEGUNDO. Notificar la adjudicación provisional al adjudicatario, y requerir a D. Jose Manuel Latorre Lopez, adjudicatario provisional de la licencia, para que presente, dentro de los quince días hábiles siguientes al de la fecha de publicación de la adjudicación provisional en el Boletín Oficial de la Provincia de Almería, la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y del cumplimiento de de las circunstancias exigidas en el pliego, así como constituir la garantía definitiva
TERCERO. Publicar la adjudicación provisional del contrato mediante anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Almería.”
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, ante el Alcaldía de este Ayuntamiento de Almería, de conformidad con los artículos 116 y 117 de Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Almería, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.

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